La Comunidad de Madrid ha aprobado la Ley 3/2026, de Apoyo a la Empresa Familiar, una norma que introduce importantes novedades fiscales para facilitar el relevo generacional y la continuidad de este tipo de compañías.
Juan Manuel Martín Rodríguez, asociado fiscal sénior de Benow Partners, analiza en un artículo publicado en elEconomista las principales claves de este nuevo marco y las cuestiones que deberán tener en cuenta las empresas y familias a la hora de planificar una transmisión.
Nuevas condiciones para el relevo generacional
Entre las principales novedades, la norma madrileña eleva al 99 % la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) aplicable a la adquisición de empresas familiares, tanto por sucesión como por donación.
La Ley también elimina la edad mínima de 65 años del donante y amplía el círculo de posibles beneficiarios hasta los familiares colaterales de cuarto grado, lo que permite incluir a hermanos, tíos, sobrinos o primos.
Además, determinados trabajadores con una vinculación prolongada con la compañía y funciones directivas también podrán acceder a la reducción, aunque no exista relación de parentesco.
Una reforma que va más allá del ISD
Las novedades buscan adaptar la fiscalidad a la realidad de muchas empresas familiares, en las que la propiedad y la gestión se distribuyen progresivamente entre distintas generaciones, ramas de la familia y profesionales vinculados al negocio.
Sin embargo, la planificación de estas operaciones no termina en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La posible incidencia de la transmisión en el IRPF es otra de las cuestiones que deben valorarse antes de abordar el relevo generacional.
En su artículo, Juan Manuel Martín Rodríguez explica las claves del nuevo escenario fiscal, sus oportunidades y los aspectos que conviene tener presentes para planificar adecuadamente la continuidad de la empresa familiar.
Lee el artículo completo en elEconomista: La continuidad de la empresa familiar en la Comunidad de Madrid

